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Una de las preguntas más frecuentes que hacen las empresas cuando son propietarias de una empresa constituida en Anguila es "¿Se permiten las acciones al portador de Anguila ?". En Anguila, las Compañías Comerciales Internacionales (IBC) pueden emitir acciones al portador de Anguila bajo el IBC ACT (RS A CI20). Las acciones al portador de Anguila están sujetas a servicios de custodia. Las Regulaciones del Depósito de Valores de IBC establecen que las acciones al portador se consideran nulas si las acciones están en poder de cualquier persona que no sea el custodio legal. Las Regulaciones y Reglas ALD / CFT también exigen que el depositario identifique al beneficiario efectivo de las acciones al portador de Anguila en posesión y mantenga un registro con los nombres y direcciones de los beneficiarios reales de las acciones.
En el caso de que una empresa pueda emitir acciones al portador, el propietario de esa empresa es el tenedor legal de las acciones. Las acciones al portador de Anguilla se consideran legales para que las personas que deseen mantener la privacidad y el anonimato las usen, siempre y cuando no sea probable que las usen indebidamente quienes tengan motivos maliciosos debido a la ambigüedad de las mismas. Como resultado, el Gobierno de Anguila está considerando prohibir la emisión de warrants al portador y exigir a los accionistas al portador existentes que conviertan sus acciones al portador en acciones ordinarias. Esto aumentará la transparencia para las empresas en Anguila y minimizará el aumento de actividades ilegales.
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